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febrero 14, 2008

Mujeres embarazadas que rompan la ley, se pueden quedar tranquilamente en casa

La Opinion

El artículo 58 del Código Penal Ecuatoriano dice que ninguna mujer embarazada podrá ser privada de su libertad, ni será notificada con sentencia que le imponga penas de prisión o de reclusión, sino 90 días después del parto. [Mas]

Publicado Denuncia Ecuador
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